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B.01.02.b. Contenido mínimo de la Escritura Notarial

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martes, 17 de septiembre de 2024

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Memofichas B Trámites de constitución

Memofichas B Trámites de constitución

ÍNDICE

01. Sociedades de Capital: Sociedad Anónima, Sociedad Limitada y Sociedad Comanditaria por Acciones

02. Sociedad Colectiva y Sociedad Comanditaria Simple

03. Sociedad Cooperativa

04. Sociedad Profesional

DESARROLLO

01. Sociedades de Capital: Sociedad Anónima, Sociedad Limitada y Sociedad Comanditaria por Acciones

El contenido de la Escritura Notarial contemplará:

• La identidad del socio o socios: en el caso de sociedades unipersonales se debe hacer mención expresa al carácter unipersonal de la sociedad

• La voluntad de constituir una sociedad de capital, con elección de un tipo social determinado, reflejado en los Estatutos de la sociedad

• Los datos identificativos de las personas encargadas inicialmente de la administración y de la representación de la sociedad, o su denominación social si se trata de personas jurídicas

• Si la sociedad fuera de Responsabilidad Limitada, la escritura de constitución determinará el modo concreto en que inicialmente se organice la administración, si los estatutos prevén diferentes alternativas

• Si la sociedad fuera Anónima, la escritura de constitución expresará, además, la cuantía total, al menos aproximada, de los gastos de constitución, tanto de los ya satisfechos como de los meramente previstos hasta la inscripción

02. Sociedad Colectiva y Sociedad Comanditaria Simple

El contenido de la Escritura Notarial contemplará:

• Datos personales de los socios. En el caso de la Sociedad Comanditaria se identificarán a los Socios Comanditarios y a los Socios Colectivos

• Razón social o denominación

• Datos personales de los socios a quienes se encomiende la gestión de la sociedad y el uso de la firma social

• Capital que cada socio aporte en dinero efectivo y, si no son dinerarias, valor que se le da a las aportaciones

• Duración de la sociedad

• Cantidades que se asignan anualmente a los socios gestores para sus gastos particulares

• El régimen de adopción de acuerdos en las Sociedades Comanditarias

03. Sociedad Cooperativa

El contenido de la Escritura Notarial contemplará:

• Los nombres y apellidos de los socios constituyentes, si éstos fueran personas físicas, o la denominación social, si fueran personas jurídicas; y, en ambos casos, el domicilio

• La voluntad de los otorgantes de constituir la cooperativa

• Los estatutos que han de regir el funcionamiento de la entidad

• La expresión de que el capital social mínimo ha sido íntegramente suscrito y desembolsado

• Cuando las aportaciones fueran dinerarias, constancia notarial de que se ha exhibido y entregado la certificación del depósito a nombre de la cooperativa, en una entidad financiera, de las correspondientes cantidades; la certificación habrá de quedar incorporada a la matriz

• La acreditación de que el importe total de las aportaciones desembolsadas no es inferior al del capital social mínimo establecido estatutariamente

• El valor asignado a las aportaciones no dinerarias, si las hubiese, haciendo constar sus datos registrales, si existieran, con detalle de las aportaciones realizadas por cada uno de los socios constituyentes

• Designación de los integrantes del primer consejo rector y sus respectivos cargos y, en su caso, designación del administrador o administradores

• La declaración de que no existe otra entidad con idéntica denominación, presentando al Notario la oportuna certificación acreditativa expedida por el Registro de Sociedades Cooperativas que deberán incorporarse a la escritura matriz

• Los Estatutos

• La fecha prevista para que la cooperativa dé comienzo a sus operaciones, que podrá determinarse con referencia a un hecho ulterior. Esta fecha no podrá ser anterior a la del otorgamiento de la escritura de constitución, salvo en los casos de transformación en cooperativas o de fusión

04. Sociedades Profesionales

La escritura constitutiva de la sociedad ha de incluir las menciones y cumplir los requisitos exigidos para la constitución del tipo social que adopte la sociedad, expresando en cualquier caso:

• Los datos identificativos de los otorgantes, indicando si son o no socios profesionales

• Colegio profesional al que pertenecen los otorgantes y su número de colegiado, acreditándolo mediante certificado colegial que se exhibe al Notario

• Actividades profesionales que integran el objeto social

• Identificación de las personas que se encargan inicialmente de la administración y representación de la sociedad, indicando si son o no socios profesionales 

Revisado el 17/09/2024

40.709 visitas

17/09/2024 10:31 | publisher

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