Cerrar

Actualidad · Convocatoria

Misión Comercial Multisectorial Argelia y Egipto 2026

Misión Comercial Multisectorial Argelia y Egipto 2026 

Argelia sigue siendo un mercado de interés para nuestras empresas,  es un importador fuerte debido a una industria local en desarrollo y a la importación de productos externos para cubrir la alta...

Cámara de Comercio de Alicante

Actualidad · Convocatoria

Misión Comercial Multisectorial Serbia y Albania 2026

Misión Comercial Multisectorial Serbia y Albania 2026 

¡ÚLTIMAS PLAZAS! NO OLVIDES INSCRIBIRTE HASTA EL 23 DE FEBRERO A LAS 14:00 HORAS

Cámara Alicante organiza la Misión Comercial multisectorial a Serbia y Albania, dos países ubicados dentro de la  península balcánica, situada en el sureste de Europa. Ambas naciones forman parte...

Cámara de Comercio de Alicante

Actualidad · Convocatoria

Participa en Select USA Summit

Participa en Select USA Summit 

IVACE+ i Internacional cubrirá el 100% de la cuota de participación de las empresas de la Comunitat Valenciana inscritas

IVACE + i Internacional organiza una delegación empresarial al gran evento de la inversión en Estados Unidos - SelectUSA SUMMIT, que tendrá lugar los días 3 al 6 de mayo en National Harbor, Maryland...

Actualidad · Convocatoria

Programa Aceleración Boot Camp ERA GLOBAL-IVACE

Programa Aceleración Boot Camp ERA GLOBAL-IVACE 

IVACE+ i Internacional cubrirá el 100% de la cuota de participación de las startups de la  Comunitat Valenciana inscritas. 

IVACE+i Internacional ha diseñado, en colaboración con la aceleradora neoyorkina ERA GLOBAL y la delegación de IVACE en Nueva York, un bootcamp dirigido a startups de la Comunidad Valenciana para...

Actualidad · Noticia

Ivace+i Internacional ofrece programas de inteligencia comercial a las empresas valencianas

Ivace+i Internacional ofrece programas de inteligencia... 

Ivace+i Internacional, dependiente de la Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, pone a disposición de las empresas valencianas un amplio abanico de apoyos en materia de promoción...

CEEI Elche

Actualidad · Convocatoria

Misión estudio Nueva York y Boston

Misión estudio Nueva York y Boston 

Los días 13 al 17 de octubre de 2025 | Inscripciones hasta el 31 de julio

Dentro del Plan de Promoción para el año 2015, IVACE INTERNACIONAL organiza una misión estudio a Estados Unidos, en concreto a Nueva York y Boston, para conocer los ecosistemas emprendedores de ambas...

Actualidad · Convocatoria

Ayudas al impulso a la internacionalización de pymes exportadoras de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2025 (INTPRM)

Ayudas al impulso a la internacionalización de pymes... 

La Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo lanza las al impulso a la internacionalización de pymes exportadoras de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2025 (INTPRM)...

Actualidad · Noticia

Ivace+i organiza la participación de empresas valencianas en la principal feria de videojuegos de Estados Unidos

Ivace+i organiza la participación de empresas valencianas... 

Ivace+i Internacional, dependiente de la Consejería de Innovación, Industria, Comercio y Turismo que dirige Marián Cano, ha organizado la participación agrupada de empresas de la Comunidad Valenciana...

IVACE+ i Instituto Valenciano de Competitividad e Innovación

Actualidad · Noticia

La Cámara de Comercio de España pone en marcha Pyme Global 2025: Plan Internacional de Promoción

La Cámara de Comercio de España pone en marcha Pyme Global... 

La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, junto a la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Alicante, han puesto en marcha el programa Pyme Global 2025, en...

Cámara de Comercio de Alicante

Actualidad · Noticia

10 empresas valencianas, con el respaldo de Ivace+i Internacional, han llevado lo mejor de su gastronomía a Foodex Japón

10 empresas valencianas, con el respaldo de Ivace+i... 

Aceite de oliva, vino, trufa y jamón, entre otros productos, buscan consolidar y expandir su presencia en el exigente mercado nipón

Diez empresas valencianas, con el respaldo de Ivace+i Internacional, han llevado lo mejor de su gastronomía a la 50ª edición de Foodex Japón, la feria agroalimentaria más importante de Asia-Pacífico....

CEEI Elche

Actualidad · Convocatoria

Misión Comercial Multisectorial a Argelia

Misión Comercial Multisectorial a Argelia 

Organizado por Cámara Alicante

Cámara Alicante tiene prevista la Misión Comercial Multisectorial a Argelia, aprovechando que el bloqueo comercial que imponía Argelia a España desde mediados de 2022 se ha levantado por completo...

Actualidad · Convocatoria

Misión Tecnológica a Arabia Saudí y Emiratos Árabes Unidos organizada por IVACE Internacional

Misión Tecnológica a Arabia Saudí y Emiratos Árabes Unidos... 

IVACE Internacional organiza una Misión Tecnológica al congreso tecnológico LEAP de Arabia Saudí y a los Emiratos Árabes Unidos del 9 al 14 de febrero de 2025. La coordinación de la participación en...

CEEI Elche

Ayudas al impulso de la economía circular

Actuaciones subvencionables

lunes, 12 de diciembre de 2022

Descargar archivo (.pdf 850Kb)

 Actuaciones subvencionables.

1. Serán subvencionables las actuaciones que pertenezcan a las siguientes categorías de actuación, que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías:

a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes.

b) Ecodiseño y puesta en el mercado de productos realizados bajo esquemas de ecodiseño.

c) Mejora de la gestión de residuos.

d) Transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas.

2. Al amparo de lo establecido en el artículo 47 del Reglamento (UE) número 651/2014, las actuaciones destinadas a la reutilización de materiales, reciclado y valorización de residuos generados por entidades diferentes de la beneficiaria que se hallen dentro de las categorías 8.1.a) y 8.1.c), deberán ir más allá del estado actual de la técnica, permitiendo mejorar la calidad o eficiencia de las actividades de reciclado o reutilización con respecto a un proceso convencional de actividades de reutilización y reciclado con la misma capacidad que se construiría en ausencia de la ayuda. Se podrán financiar estas actuaciones cuando en otras circunstancias, los materiales reciclados o reutilizados tratados serían eliminados o tratados de manera menos respetuosa con el medio ambiente. En todo caso, no se podrán financiar aquellas inversiones que tengan como único efecto aumentar la demanda de materiales para el reciclado sin aumentar la recogida de tales materiales. Las ayudas a las operaciones de recuperación de residuos distintas del reciclado no se consideran incluidas en este apartado. Las ayudas no liberarán indirectamente a los contaminadores de una carga que deba ser soportada por ellos con arreglo a la legislación de la Unión, o de una carga que deba considerarse un coste empresarial normal.

3. Al amparo de lo establecido en el artículo 36 del Reglamento (UE) número 651/2014, en el resto de actuaciones para la protección del medio ambiente que recaigan sobre materiales o residuos, generados por las propias entidades beneficiarias, que se hallen dentro de las categorías 8.1.a), y 8.1.b) y 8.1.c), los proyectos de inversión deberán ir más allá de las normas de la Unión Europea aplicables o incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión. Se entiende como tales las normas obligatorias de la Unión en las que se establezca un valor mínimo a alcanzar por las empresas, incluidos los niveles mínimos de emisión definidos en las mejores técnicas disponibles o el valor inferior en el caso de que esté expresado en forma de rango. No serán actuaciones subvencionables aquellas inversiones destinadas a la adecuación a la normativa europea en materia de protección ambiental en vigor o destinadas a la adecuación de normativa europea adoptada pero que no esté aún en vigor.

4. Las actuaciones destinadas a la transformación digital de procesos a través de infraestructuras y sistemas que se hallen dentro de las categorías 8.1.d), se regirán por lo establecido en el artículo 29 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.

5. Al amparo de lo establecido en el artículo 25 del Reglamento (UE) número 651/2014, las actuaciones destinadas a la investigación y desarrollo e innovación que se hallen dentro de las categorías 8.1.a), 8.1.b) y 8.1.c), podrán dirigirse a:

a) Proyectos de investigación industrial correspondientes con la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.

b) Proyectos de desarrollo experimental que integra la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

El desarrollo experimental podrá comprender la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados; puede incluir el desarrollo de prototipos o proyectos piloto que puedan utilizarse comercialmente cuando sean necesariamente el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación; el desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando esas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

c) Estudios de viabilidad que incluye la evaluación y análisis del potencial de un proyecto, con el objetivo de apoyar el proceso de toma de decisiones de forma objetiva y racional descubriendo sus puntos fuertes y débiles, y sus oportunidades y amenazas, así como de determinar los recursos necesarios para llevarlo a cabo y, en última instancia, sus perspectivas de éxito.

6. En todo caso, se respetará la normativa medioambiental aplicable, especialmente la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y normativa de desarrollo, quedando excluidas las ayudas que entrañen una infracción indisociable del Derecho de la Unión, en particular, las contempladas en el artículo 1, apartado 5 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión. Además, se aplicarán los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean preceptivos, conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental.

7. No serán subvencionables aquellos gastos relativos a proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio de «no causar un perjuicio significativo» en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) número 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 y que no respeten la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación de este principio, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y su documento anexo.

8. No se podrán financiar proyectos de descontaminación de suelos ni proyectos que respondan a las actividades no elegibles enumeradas en el apartado 1.1 de la Guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente publicadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, como inversiones en actividades relacionadas con plantas de tratamiento mecánico –biológico o con vertederos de residuos. Tampoco serán financiables las actuaciones relacionadas con incineradoras, salvo cuando la inversión esté dirigida a la recuperación de materiales procedentes de las cenizas de incineración.

9. No serán subvencionables los costes de la actividad que el beneficiario realizaría de todos modos o que compensen el riesgo comercial normal de la actividad económica.

10. Las actuaciones no podrán ser objeto de división artificial en diferentes actuaciones o proyectos de inversión para el incremento del importe de subvención.

11. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en el artículo 7 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, y en el artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la financiación correspondiente a estas ayudas está legalmente afectada a financiar los proyectos o líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación.

Visitas: 1.198  Descargas: 108

12/12/2022 11:15 | AdmonAlcoi

URL oficial/canónica: https://ceeialcoi.emprenemjunts.es/?op=13&n=19310

Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecerte toda la funcionalidad y una mejor experiencia, obtener estadísticas de tráfico, analizar el uso de la web y mejorar nuestros servicios.
Tienes disponible aquí nuestra política de cookies.
Puedes aceptar todas nuestras cookies pulsando el botón 'ACEPTAR' o configurar aquí tus preferencias.

Estrictamente necesarias +

Estas cookies son necesarias ya que permiten que el sitio web funcione correctamente, no se pueden desactivar.

Estadísticas +

Son las cookies que utilizamos exclusivamente con fines estadísticos para poder analizar cómo los usuasrios hacen uso de la web. Recopila información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares. Activar estas cookies nos permite seguir mejorando.

Funcionales +

Estas cookies son necesarias para el intercambio y presentación de contenidos de plataformas externas como youtube o de redes sociales como facebook, twitter o linkedin.

Marketing y publicidad +

Estas se utilizan para crear perfiles de usuario y analizar la efectividad de campañas publicitarias o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares..

GUARDAR AJUSTESACEPTO